¿Cómo pagar un plan de pagos de AFIP?

¿Sabías que una vez que hayas generado tu plan de pago, la cuota se te debitará de manera automática en la cuenta que hayas designado para tal fin?. Si quieres obtener más información, sigue leyendo!

Pago de las cuotas del plan de pago

  • Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes, comenzando el mes siguiente a la consolidación de la deuda.
  • Se pagarán mediante débito automático en tu cuenta bancaria.
  • Si el débito no se puede realizar, se intentará nuevamente el día 26 del mismo mes.
  • Si el segundo intento falla, la cuota impaga puede ser rehabilitada. Puedes elegir pagarla mediante débito automático el día 12 del mes siguiente o a través de un VEP (Volante Electrónico de Pago).
  • Si pagas la cuota tarde, se te cobrarán intereses por el retraso, y tendrás que pagar estos intereses junto con la cuota.
  • Si el día del débito es feriado o no laborable, el intento de débito se trasladará al siguiente día hábil.

IMPORTANTE – Debes tener en cuenta:

  • Solicitar la rehabilitación de una cuota impaga no impedirá que el plan de pagos caduque.
  • Debes asegurarte de tener fondos disponibles en tu cuenta desde la medianoche del día en que se realizará el débito.
  • Si el día del débito coincide con el vencimiento de una cuota de otro plan y no hay suficientes fondos, no se dará prioridad a ninguna de las cuotas.

Cancelación anticipada


Recuerda! Siempre es importante que te asesores por un contador ya que de no hacerlo, puedes cometer un error que te cueste mucho dinero.

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  • Podrás cancelar la totalidad del plan, a partir del mes en que se vence la segunda cuota.
  • Para hacer la solicitud, debes ingresar con tu clave fiscal al servicio “Presentaciones Digitales” y elegir el trámite “Planes de pago. Anulaciones, cancelaciones anticipadas y otras”. Asegúrate de informar el número del plan que quieres cancelar.
  • Puedes pagar con VEP o con débito directo de tu cuenta bancaria. Si eliges débito directo, el sistema «Mis Facilidades» calculará lo que debes (capital más intereses) y se hará el débito el día 12 del mes siguiente a la solicitud.
  • Si el día del débito cae en un feriado o día inhábil, se pasará al siguiente día hábil.
  • Si no se puede hacer el débito, puedes pedir que se haga el día 12 del mes siguiente o pagar con VEP, con los intereses correspondientes.
  • Para calcular lo que debes para cancelar anticipadamente, se considerarán todas las cuotas vencidas e impagas, y las cuotas futuras, sin incluir la cuota del mes en que haces la solicitud.
  • Una vez que elijas la cancelación anticipada, no podrás seguir pagando según el plan original.

¿Cuándo caduca el plan de pago?

El plan de pago caduca automáticamente si ocurre alguna de estas situaciones:

  1. No pagas 2 cuotas seguidas o alternadas dentro de los 60 días posteriores al vencimiento de la segunda cuota.
  2. No pagas una cuota dentro de los 60 días después del vencimiento de la última cuota del plan.
  3. No pagas una cuota dentro de los 60 días de su vencimiento, si se trata de:
    • Planes por deuda general de contribuyentes con perfil de cumplimiento II.
    • Planes por deuda de impuestos anuales de contribuyentes con perfil de cumplimiento I o II.

¿Qué pasa si mi plan caduca?

  • Cuando el plan caduque, te lo informarán a través de tu domicilio fiscal electrónico y podrán iniciar acciones legales para cobrar la deuda total mediante una boleta de deuda.
  • Después de que el plan caduque, deberás pagar lo que debes mediante transferencia electrónica de fondos.
  • Puedes ver el saldo pendiente de tus obligaciones en «Mis Facilidades«, en la sección «Impresiones«, eligiendo la opción «Detalle de imputación de cuotas» o «Detalle de deuda impaga«.
creacion de plan de pagos afip

Si todavía te quedan dudas, te invitamos a contactar a un contador especializado para evacuar todas tus consultas.


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