Julieta InfanteEspecialista en Comercio Exteriory E-commerce

¿Cómo es el nuevo Blanqueo de capitales? Simulá tu blanqueo gratis

Por July Infante ·

Condiciones para adherirse

  • Ser:

    • Personas física

    • Personas jurídica

      • Sucesiones indivisas

      • Sociedades de capital

      • Empresas unipersonales

      • Cooperativas

      • Entidades y fondos comunes de inversión

      • Fideicomisos

      • Instituciones financieras

      • Entidades aseguradoras

      • Fondos de jubilaciones y pensiones

      • Organismos del Estado y entidades públicas

  • Ser considerado residente fiscal argentino al 31 de diciembre de 2023,

    • Las personas físicas que fueron residentes fiscales en Argentina antes del 31 de diciembre de 2023 y que perdieron esa condición para esa fecha. Si eligen hacerlo, se considerará que han vuelto a ser residentes fiscales a partir del 1° de enero de 2024.

  • Tener CUIL, CDI, o CUIT en estado:

    • «Activo: sin limitaciones” o

    • “Limitado por Falta de Inscripción en Impuestos/Regímenes” o

    • “Limitado por Falta de Presentación de Declaración Jurada” o

    • “Limitado por Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada” o

    • “Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico”

  • En caso de ser contribuyente de AFIP, haber actualizado el código de actividad económica utilizando el «Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) – Formulario N° 883».

  • Contar con un Domicilio Fiscal Electrónico establecido.

  • Poseer una Clave Fiscal con un Nivel de Seguridad 3 como mínimo.

  • Registrar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono en el sitio web de la AFIP, a través del servicio «Sistema Registral«.

✅ IMPORTANTE: No es necesario estar inscripto como contribuyentes ante la AFIP ✅

Bienes alcanzados

  • Dinero en efectivo o depositado en cuentas bancarias u otras entidades en Argentina o en el exterior.

  • Inmuebles dentro o fuera de la Argentina.

  • Acciones, participaciones en empresas, derechos en fideicomisos u otros patrimonios similares, siempre que la entidad emisora no cotice en bolsa.

  • Títulos valores, como acciones, bonos, y otros que coticen en bolsas o mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores o fuera de Argentina.

  • Otros bienes muebles no mencionados anteriormente dentro o fuera de Argentina

  • Créditos de cualquier tipo, ya sea que el deudor sea un residente fiscal argentino o no.

  • Derechos y otros bienes intangibles no mencionados anteriormente o relacionados con los bienes mencionados antes.

  • Criptomonedas y otros activos digitales dentro de Argentina.

  • Otros bienes en Argentina con valor económico, incluyendo seguros contratados en el exterior por residentes fiscales en Argentina.

Bienes excluidos

  • No se podrán regularizar las tenencias de dinero o títulos valores en el exterior que estén en países identificados por el GAFI como de Alto Riesgo o Bajo Monitoreo Intensificado (listas «Negra» y «Gris»).

  • Solo se podrán regularizar los bienes que sean de propiedad o estén en posesión de los sujetos indicados al 31/12/2023 (Fecha de Regularización).

Plazos

Para adherir al blanqueo, tienes tiempo hasta el 30 de abril de 2025. Pero debes saber que mientras más pronto lo hagas, más beneficios tendrás.

✅ IMPORTANTE: La fecha de adhesión determinará la etapa del régimen que se aplica a ese contribuyente. Si un contribuyente regulariza bienes en más de una etapa, se considerará la última adhesión para todos los efectos ✅

Etapas

Etapa

Periodo de Adhesión y Pago Adelantado

Fecha Límite para Declaración Jurada y Pago del Impuesto

Alícuota Aplicable

Etapa 1

Del 18/07/24 al 30/09/24

30/11/24

5%

Etapa 2

Del 01/10/24 al 31/12/24

31/01/25

10%

Etapa 3

Del 01/01/25 al 31/03/25

30/04/25

15%

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Preguntas Frecuentes

¿Éste será el último blanqueo?

Según lo publicado, éste será el último blanqueo hasta el 31/12/2038 y quienes adhieran a éste blanqueo no podrán inscribirse en otros regímenes similares hasta dicha fecha.

¿Puedo retirar el dinero en efectivo de mi cuenta especial?

No, no podrás extraer efectivo directamente desde tu cuenta especial pero podrás transferir tu dinero a otra cuenta bancaria de tu titularidad (Estará sujeto a la retención del 5%) y desde allí extraerlo.

¿Puedo recibir dinero transferido desde una cuenta especial?

  • Si tienes una cuenta especial:

    • Las transferencias entre Cuentas Especiales de Regularización de Activos o Cuentas Comitentes Especiales de Regularización de Activos no estarán sujetas a retenciones, incluso si se trata de cuentas de diferentes contribuyentes.

    • Para hacer la transferencia, el contribuyente debe presentar a la entidad bancaria o al Agente de Liquidación y Compensación (ALyC) los documentos que justifiquen la transferencia.

  • Si no tienes abierta una cuenta especial porque no blanqueaste dinero:

    • Cualquier persona o empresa residente en Argentina puede abrir este tipo de cuentas para recibir transferencias de otras cuentas similares.

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