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¿Cuánto Pago del Impuesto especial de Regularización?


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  • Los contribuyentes deberán calcular y pagar el Impuesto Especial de Regularización en dólares estadounidenses.
  • El impuesto se calculará sobre el valor total de los bienes regularizados, tanto en Argentina como en el exterior (Identificados en el formulario de declaración jurada F. 3321.), según las siguientes tasas:
ACTIVOCONDICIONREQUISITOSIMPUESTO
Dinero en efectivo por MENOS de USD 100.000 en Argentina o en el exteriorMantenerlo en la CERA hasta el 30/09/240%
Usarlo antes del 30/09/24Para pagar el impuesto especial de regularización o adelanto del mismo0%
Para adquirir certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva manteniendo la titularidad hasta el 31/12/250%
Para adquirir cuotapartes de fondos comunes de inversión manteniendo titularidad hasta el 31/12/250%
Para realizar transferencias por operaciones onerosas documentadas (Ej: Factura, compraventa, escritura,etc)0%
Para transferirlo a otra CERA o invertirlo en ALyC0%
Para transferirlo por otra finalidad a cualquier otra cuenta bancaria5% sobre el total transferido
Dinero en efectivo por MÁS de USD 100.000 en Argentina o en el exteriorMantenerlo en la CERA hasta el 31/12/250%
Usarlo antes del 31/12/25Para pagar el impuesto especial de regularización o adelanto del mismo0%
Para adquirir cert. de participación o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva con titularidad hasta 31/12/250%
Para adquirir cuotapartes de fondos comunes de inversión manteniendo titularidad hasta el 31/12/250%
Para transferirlo a otra CERA o invertirlo en ALyC0%
Para transferirlo por otra finalidad a cualquier otra cuenta bancaria5% sobre el total transferido
Dinero depositado en cuentas bancarias del exteriorSi se transfiere a una CERA en Argentina antes del 30/09/24Idem tratamiento a dinero en efectivo s/ montos
Menos de USD 100.000Si no se transfiere a una CERA en Arg o se transfiere después del 30/9/240%
Más de USD 100.000Si no se transfiere a una CERA en Argentina o se transfiere después del 30/09/24ETAPA 1: 5% de excedente de USD 100.000
ETAPA 2: 10% de excedente de USD 100.000
ETAPA 3: 15% de excedente de USD 100.000
Títulos valores depositados en el exteriorSi se venden, rescatan o liquidan y ese dinero se transfiere a una CERA antes del 30/09/24Idem tratamiento a dinero en efectivo s/ montos
Menos de USD 100.000Si no se venden, rescatan o liquidan o ese dinero se transfiere a una CERA antes del 30/09/24 o se hace después del 30/09/240%
Más de USD 100.000Si no se venden, rescatan o liquidan o ese dinero se transfiere a una CERA antes del 30/09/24 o se hace después del 30/09/24ETAPA 1: 5% de excedente de USD 100.000
ETAPA 2: 10% de excedente de USD 100.000
ETAPA 3: 15% de excedente de USD 100.000

El resto de los bienes a regularizar, tributarán de acuerdo a la siguiente tabla:

EtapaBase ImponibleImpuesto
Etapa 1Hasta USD 100.000No paga impuesto
Superior a USD 100.0005% sobre el monto que exceda los USD 100.000
Etapa 2Hasta USD 100.000No paga impuesto
Superior a USD 100.00010% sobre el monto que exceda los USD 100.000
Etapa 3Hasta USD 100.000No paga impuesto
Superior a USD 100.00015% sobre el monto que exceda los USD 100.000
  • Para determinar la tasa aplicable, se sumarán los bienes regularizados por el contribuyente junto con los regularizados en la misma Etapa o en una anterior por familiares cercanos, como padres, hijos, cónyuges y convivientes. En estos casos, todos los que regularicen bienes podrán dividir proporcionalmente la exención de USD 100.000.
  • El pago del impuesto especial se efectuará en DÓLARES ESTADOUNIDENSES, mediante el procedimiento de transferencia electrónica de fondos a través de “Internet”, a cuyo efecto se deberá generar el respectivo Volante Electrónico de Pago (VEP) F. 3323.

IMPORTANTE: La falta de ingreso del Impuesto Especial de Regularización en el plazo indicado para la etapa del régimen aplicable, según la fecha de la manifestación de adhesión, dejará sin efecto la citada manifestación y excluirá al contribuyente de pleno derecho de todos los beneficios previstos en el régimen para esa etapa

Base Imponible

La base imponible del Impuesto Especial de Regularización será el valor total de los bienes que se regularicen y se calculará en dólares estadounidenses, utilizando el tipo de cambio de $1.000. Según el activo que quieras regularizar será el cálculo de su base imponible:

  • Bienes en Argentina
    • Dinero en efectivo:
      • En pesos argentinos: Se convierte a dólares utilizando el tipo de cambio de $1.000.
      • En moneda extranjera: Se valora directamente en dólares.
    • Inmuebles en Argentina:
      • Se toma el valor más alto entre el precio de compra, el valor fiscal o el valor mínimo establecido, todo convertido a dólares.
      • Para inmuebles urbanos o rurales, se pueden fijar valores mínimos por metro cuadrado o hectárea.
      • Si puedes probar que el valor de mercado es menor, puedes pedir que se ajuste la base imponible.
    • Participaciones en empresas argentinas (acciones, cuotas, fideicomisos):
      • Se valora según el balance más reciente, actualizado hasta el 31/12/23, y convertido a dólares.
      • Si la empresa usa dólares en sus balances, se toma ese valor sin actualizar.
    • Títulos que coticen en Argentina (acciones, bonos, etc.):
      • Se usa el valor de mercado en la fecha de regularización, convertido a dólares. Si cotizan en pesos y dólares, se toma el valor en dólares.
    • Otros bienes muebles en Argentina:
      • Se valoran a precio de mercado y se convierten a dólares.
    • Créditos otorgados a residentes argentinos:
      • Se valoran por el capital más intereses devengados, todo convertido a dólares.
    • Derechos y bienes intangibles en Argentina:
      • Se valoran según el costo de adquisición, actualizado por inflación y convertido a dólares.
    • Criptomonedas y criptoactivos:
      • Se valoran al precio de mercado o de compra, el que sea mayor.
    • Otros bienes en Argentina:
      • Se valoran a precio de mercado y se convierten a dólares.
  • Bienes en el exterior
    • Dinero en efectivo en el exterior:
      • Se valora directamente en dólares.
    • Inmuebles fuera de Argentina:
      • Se toma el mayor valor entre el precio de compra en dólares o el valor mínimo establecido.
      • Si pruebas que el valor de mercado es menor, puedes pedir ajustar la base imponible.
    • Participaciones en empresas fuera de Argentina:
      • Se valoran según el último balance disponible. Si no hay balance, se valora según los activos menos pasivos, proporcional al porcentaje que tengas.
    • Títulos que coticen fuera de Argentina:
      • Se valora según su precio de mercado en la fecha de regularización.
    • Otros bienes muebles fuera de Argentina:
      • Se valoran a precio de mercado en la fecha de regularización.
    • Créditos otorgados a no residentes:
      • Se valoran por el capital más intereses devengados, todo convertido a dólares.
    • Derechos y bienes intangibles fuera de Argentina:
      • Se valoran según el costo de adquisición, actualizado por inflación y convertido a dólares.
    • Otros bienes fuera de Argentina:
      • Se valoran a precio de mercado en la fecha de regularización.

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Simulador para cálculo del impuesto del blanqueo

Puedes acceder gratis al simulador del régimen de regularización de activos de AFIP haciendo click aquí. Allí sólo deberás completar los datos solicitados como:

  • Fecha de carga
  • Activos que vas a regularizar
  • Monto de la franquicia que utilizaron/utilizarán tus familiares
  • Monto de USD a regularizar
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Simulador blanqueo afip

Luego presionar «Calcular» y verás que AFIP contestará la simulación con el monto que deberás pagar tanto de impuesto especial como el pago adelantado que debieras hacer en caso que correspondiera.

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IMPORTANTE: Recuerda que siempre recomendamos que te asesores con un contador antes de realizar cualquier trámite de éstas características ya que el error que cometas puede provocar multas y mucho dinero perdido.

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