Menos costos y trámites: ARCA amplía el uso de DDJJ como garantía aduanera

Mediante la Resolución General 5842/2026, ARCA introdujo una importante simplificación en materia aduanera al ampliar los casos en los que determinadas destinaciones podrán garantizarse mediante una Declaración Jurada electrónica, sin necesidad de constituir algunas de las garantías tradicionales exigidas hasta el momento.

¿Qué cambia?

Hasta ahora, numerosas operaciones aduaneras requerían la constitución de garantías formales, tales como seguros de caución, avales bancarios o depósitos en efectivo, con el fin de respaldar obligaciones tributarias o aduaneras.

Con esta modificación, para determinadas operaciones alcanzadas por la normativa, los operadores podrán cumplir este requisito mediante una Declaración Jurada presentada a través del Sistema Informático Malvina (SIM).

Beneficios de la medida

  • Simplificación de trámites aduaneros.
  • Reducción de costos financieros asociados a la constitución de garantías.
  • Mayor agilidad en la gestión de operaciones de comercio exterior.
  • Menor inmovilización de fondos para las empresas.

¿Desaparecen las garantías?

No. La obligación de garantizar determinadas operaciones continúa vigente. Lo que cambia es el mecanismo mediante el cual se instrumenta dicha garantía en los casos contemplados por la resolución.

ARCA mantiene sus facultades de control, fiscalización y cobro ante eventuales incumplimientos.

¿A quiénes puede beneficiar?

¿Sos importador? ¿Querés saber si a vos te beneficia ésta medida?. Entonces la pregunta clave es: ¿realizas operaciones que requieren constituir garantías aduaneras? Porque si la respuesta es no, la norma no te cambia prácticamente nada.

Los principales beneficiarios serían:

1. Empresas que utilizan regímenes suspensivos o temporarios

Por ejemplo:

  • Importación temporaria de insumos.
  • Mercadería que ingresa para transformación y posterior exportación.
  • Operaciones especiales donde la Aduana exige una garantía hasta verificar el cumplimiento de ciertas condiciones.

Estas empresas suelen tener inmovilizados importes importantes en garantías.

2. Empresas que constituían seguros de caución frecuentemente

Si una empresa tenía que contratar seguros de caución para respaldar determinadas operaciones, la posibilidad de reemplazarlos por una declaración jurada puede significar:

  • Menores costos.
  • Menos trámites.
  • Menor dependencia de bancos o aseguradoras.

3. Empresas con operaciones recurrentes y de gran volumen

Cuanto más grande es el flujo de importaciones, más probable es que aparezcan operaciones alcanzadas por regímenes que requieren garantías. Para ellas, cualquier simplificación administrativa tiene impacto económico real.

Esta medida resulta especialmente relevante para empresas que operan bajo regímenes aduaneros que requieren la constitución de garantías (por ejemplo, importaciones temporarias u otras destinaciones especiales). Para los importadores que nacionalizan mercadería en forma definitiva y abonan normalmente los tributos al momento de la importación, el impacto práctico de esta modificación podría ser limitado.

Desde cuándo aplica esta medida?

La Resolución General 5842/2026 entró en vigencia el 16 de Junio de 2026.

No obstante, la aplicación práctica dependerá de las adecuaciones que ARCA implemente en el Sistema Informático Malvina (SIM) para cada una de las destinaciones alcanzadas.

Por este motivo, si bien la flexibilización ya fue aprobada normativamente, los operadores deberán verificar en cada caso particular si la destinación que utilizan ya se encuentra habilitada para ser garantizada mediante Declaración Jurada.

Se espera que la implementación se realice progresivamente a través de las actualizaciones operativas que disponga ARCA.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio