Pequeños envíos internacionales: ¿Qué cambió y a quién beneficia?

El Gobierno introdujo modificaciones en el régimen de envíos internacionales con el objetivo de simplificar las operaciones de comercio exterior realizadas mediante courier privado y servicios postales, equiparando tratamientos y ampliando las posibilidades para pequeños operadores y empresas.

Las novedades surgen de la Resolución General ARCA 5883/2026, que modifica aspectos operativos del régimen de envíos mediante Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, junto con las modificaciones introducidas previamente para los envíos postales internacionales.

Exportaciones por courier: eliminación del límite de valor

Uno de los cambios más relevantes es que las exportaciones realizadas mediante el régimen courier dejan de estar sujetas a límites de valor.

De esta manera, las empresas, emprendedores y pequeños productores podrán utilizar operadores courier para enviar mercadería al exterior sin la restricción económica que existía anteriormente, facilitando el acceso a mercados internacionales mediante procedimientos simplificados.

La medida apunta especialmente a quienes realizan ventas internacionales de menor escala, comercio electrónico o envíos directos a consumidores del exterior.

Nuevas posibilidades para exportaciones comerciales por vía postal

Además del régimen courier, también se habilitaron las exportaciones comerciales mediante el servicio postal, eliminando los límites de valor para este tipo de operaciones.

Esto permite que emprendedores, artesanos, productores y pequeñas empresas puedan utilizar el canal postal para comercializar productos en el exterior con una operatoria más simple.

Importaciones personales: unificación de beneficios para courier y correo

En materia de importaciones, se equiparan las condiciones entre los envíos realizados mediante correo oficial y los efectuados mediante courier privado.

Los envíos destinados a uso personal podrán ingresar bajo el régimen de pequeños envíos cuando cumplan con las condiciones establecidas:

  • Hasta USD 400 FOB por envío para acceder a la franquicia de derechos de importación y tasa de estadística.
  • Máximo de 5 envíos por año calendario por persona.
  • Aplicable únicamente a operaciones sin finalidad comercial.

Cuando el valor supere la franquicia establecida, deberán abonarse los tributos correspondientes según la normativa aplicable.

⚖️ Comparativa: Correo Oficial (Antes vs. Ahora)

ParámetroRégimen AnteriorRégimen Actual
Franquicia libre de arancelUSD 50USD 400
Frecuencia permitida12 envíos al año5 envíos al año
Peso máximo por paquete20 kg50 kg
Impuesto al excedenteTasa única del 50%Se eliminó la tasa única

Requisitos del régimen de pequeños envíos

Para utilizar este régimen, la mercadería debe cumplir determinadas condiciones:

  • No superar los 50 kg por paquete.
  • No contener más de 3 unidades de la misma especie.
  • No tener finalidad comercial.
  • Cumplir con los límites de valor establecidos.

Cambios en la documentación de las operaciones courier

La Resolución General ARCA 5883/2026 también incorpora modificaciones operativas vinculadas a la información que debe acompañar las destinaciones sumarias de importación.

Los prestadores courier deberán informar datos detallados de la mercadería, incluyendo identificación del envío, descripción, posición arancelaria, cantidades y valores declarados, según corresponda a cada operación.

Asimismo, deberán conservar digitalmente la documentación respaldatoria de las entregas durante los plazos establecidos por la normativa aduanera.

Eliminación de diferencias entre correo y courier

Uno de los objetivos principales de las modificaciones es reducir las diferencias existentes entre los distintos canales utilizados para recibir o enviar mercadería al exterior.

De esta forma, se busca que el tratamiento de los pequeños envíos internacionales sea más uniforme, independientemente de si la operación se realiza mediante un courier privado o mediante el operador postal.

¿Qué deben tener en cuenta los importadores?

Es importante diferenciar entre:

Importaciones personales: continúan bajo el régimen de pequeños envíos, con límites de unidades, peso, valor y cantidad de operaciones anuales.

Importaciones comerciales: no quedan comprendidas dentro de estos beneficios y deben analizarse según la operatoria correspondiente, considerando inscripción, documentación, tributación y demás obligaciones aplicables.

Exportaciones: cuentan ahora con mayores herramientas para utilizar canales simplificados, especialmente para pequeñas ventas internacionales y comercio electrónico.

Conclusión

Las nuevas medidas representan una flexibilización del régimen de envíos internacionales, ampliando las posibilidades para vender productos al exterior y simplificando determinadas compras personales realizadas desde Argentina.

Para los operadores comerciales será fundamental analizar cada caso particular, ya que el régimen de pequeños envíos no reemplaza los procedimientos habituales aplicables a importaciones con finalidad comercial.

Fuente: Resolución General ARCA 5883/2026 y normativa complementaria sobre envíos internacionales.

¿Tenés dudas sobre cómo impactan estos cambios en tu actividad?

Cada importación o exportación puede tener implicancias aduaneras, impositivas y cambiarias diferentes según el tipo de operación y el régimen utilizado.

Si realizás compras en el exterior, importás mercadería para tu negocio o estás pensando en comenzar a exportar, podemos ayudarte a analizar tu caso y asesorarte para operar de forma segura, optimizando los costos y evitando contingencias fiscales.

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